La presentación de una solicitud de bancarrota generalmente detendrá (en otras palabras, suspende automáticamente) la mayoría de las acciones (por ejemplo, el procedimiento de desalojo, y otras acciones por posesión o daños) de un terrateniente contra un arrendatario durante la duración del caso de bancarrota. Para información de la Suspensión Automática de Pago, vea Guiá Antes de Presentar. Sin embargo, esto depende si el contrato de arrendamiento fue por una propiedad residencial, comercial, o personal. Para una propiedad residencial, depende si se inicío o llevó a cabo un procedimiento de detención ilícita en la Corte Superior antes que el caso de bancarrota haya sido presentado.
Para el reclamo de las premisas, el terrateniente puede presentar una Petición de Alivio de la Suspensión Automática de Pagos. Si el juez de bancarrota concede la petición, la Suspensión Automática de Pagos será suspendida o alterada, y así permite al terrateniente continuar con la acción contra el arrendatario, pero únicamente para recobrar la posesión de las premisas, vea Guiá Después de Presentar.
Esto es un tema complejo afectada por El Acto de la Prevención al Abuso de Bancarrota y Protección al Consumidor del 2005, por lo cual es recomendable contar con asesoría legal de un abogado de bancarrota.