You are here

¿Todas las Peticiones Requieren Audiencia ante la Corte?

Los procedimientos son diferentes, y algunas peticiones requieren audiencias y otras no. Para determinar si una audiencia requiere una petición en particular, la parte que presenta la petición deberá consultar:

a) Las secciones del Código de Bancarrota que establecen los principios para conceder una Petición;
b) Las Reglas Federales de Procedimiento de Bancarrota que establecen el trámite de aviso de, entrega de, y fallo sobre la petición;
c) Las Reglas Locales de Bancarrota 9013-1 para un listado de las peticiones que la corte ha establecido no requieren audiencia;
d) Otras Reglas Locales de Bancarrota aplicables a un tipo particular de petición (NOTA – a ciertas peticiones se les conoce como “Aplicaciones”); y
e) Un abogado de bancarrota.

Para información en fijar fecha de audiencia ante la corte en plazo regular, vea Guiá Después de Presentar.
Para información en establecer una audiencia ante la corte en plazo corto, vea Guiá Después de Presentar.

Oprima aquí para formulario “Anuncio de Petición” F 9013-1.1 (Vinculo a F 9013-1.1).

Spanish FAQ type: 
Después que el deudor presenta la solicitud de bancarrota