Para información en determinar si la petición requiere audiencia, vea Guiá Después de Presentar. Una vez establecido que la audiencia es requerida, la parte en actuación debe fijar el asunto para audiencia y establecer la adecuado notificación de audiencia. Para fijar la audiencia y estipular la notificación de audiencia, debe realizar lo siguiente:
a) Identificar la cantidad de tiempo requerido de dar notificación, previos a la realización de audiencia;
b) Oprima aquí para revisar el procedimiento propio de calendarización del juez que escuchará la petición (Vínculo al Procedimiento Propio de Calendarización);
c) Establecer la fecha de audiencia, hora, sala de tribunal, y la dirección de juzgado en la página inicial de petición (Vea la Regla Local de Bancarrota 1002-1 para información sobre el encabezamiento de la petición);
d) Preparar un Anuncio Escrito de Petición, donde se establezcan claramente la fecha de audiencia y fecha límite de contestación, u oprima aquí para formulario de “Anuncio de Petición” F 9013-1.1 (Vínculo a F 9013-1.1);
e) Entregar el Anuncio de Petición de la audiencia en todas las partes requeridas por las Reglas Locales de Bancarrota y Reglas Federales de Procedimiento de Bancarrota; y
f) No interponer la orden previo a la audiencia al menos que la corte o las Reglas de la Corte Local de Bancarrota específicamente permita o requiera la presentación previo a la audiencia, o se permita que la orden haya sido presentada por vía electrónica a través del programa LOU. Vea Regla Local de Bancarrota 9021-1 para reglas en presentación de ordenes. Oprima aquí para acceso al procedimiento LOU (Vínculo a Procedimientos LOU).