Un fiduciario, es automáticamente designado en cada caso de bancarrota del Capítulo 7 y el Capítulo 13.
Un fiduciario no es automáticamente designado en un caso de bancarrota del Capítulo 11. En lugar, el deudor actúa como “Deudor en Posesión” y tiene muchos de los deberes y derechos del fiduciario. Acreedores que necesitan información a cerca del Deudor en Posesión deben comunicarse al oficial responsable del deudor o al abogado del deudor. El fiduciario será designado a solicitud del deudor o si la otra parte presenta una petición y la corte determina que el fiduciario deberá estar a cargo del manejo de los asuntos del deudor.
Spanish FAQ type:
Después que el deudor presenta la solicitud de bancarrota