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¿Cómo son Admitidos los Abogados de California para Ejercer en la Corte de Bancarrota?

Para representar clientes en la Corte de Bancarrota del Distrito Central de California, el abogado con licencia para ejercer en California, además debe ser admitido para ejercer ante la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California. Para procedimientos en admisión de prácticas en la Corte del Distrito, contacte la Corte del Distrito (213) 894-2085. Oprima aquí para información en la página web de Corte del Distrito (www.cacd.uscourts.gov).
 

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