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¿Qué es un Petición, y Debe ser Presentada una Respuesta?

Una Petición es una solicitud escrita presentada a corte, solicitándole al juez que emita una orden. La Petición deberá ser sustentada por evidencia. La petición deberá incluir por separado un “Anuncio de Petición” el que incluye un breve sumario del tema de la petición, fecha límite para responder, y si habrá una audiencia, la fecha, hora, y local de la audiencia. El “Anuncio de Petición” y la Petición debe ser presentada a todas las partes requeridas por las Reglas Locales de Bancarrota y las Reglas Federales del Procedimiento de Bancarrota. “Notificar” a las partes interesadas mediante entrega del Anuncio de Petición y la Petición es parte importante del debido proceso, y el incumplimiento de la oportuna notificación de las partes interesadas puede resultar en denegación o retraso del fallo en la petición o denegación de la petición. Consulte el Procedimiento Administrativo CM/ECF para establecer si una persona puede ser notificada electrónicamente en lugar de por correo.

Oprima aquí para formulario F 9013-1.1 “Anuncio de Petición” (Vinculo a F 9013-1.1).

Las demás partes tienen la oportunidad de presentar una respuesta escrita a la petición. Existe una fecha limite de presentación y notificación de la contestación escrita, generalmente de catorce (14) días previos a la audiencia. La respuesta debe ser en acuerdo u oposición a la acción solicitada. Si la respuesta es en oposición a la acción solicitada, debe establecer las razones para oponerse a la Petición y debe incluir evidencia en soporte.

La Corte dictará una orden en la que el juez, conceda o deniegue la petición.

Vea Regla Local de Bancarrota 9013-1 para reglas y fechas límites de presentación y notificación de peticiones. Además existen otras Reglas Federales de Procedimiento de Bancarrota y Reglas Locales de Bancarrota que pueden ser aplicables.

Spanish FAQ type: 
Después que el deudor presenta la solicitud de bancarrota